El Concello de Cambados también deberá pagar intereses de demora por la obra sin contrato de las pistas de tenis

El Concello de Cambados también deberá pagar intereses de demora por la obra sin contrato de las pistas de tenis
Imagen de archivo de las pistas de tenis donde se realizó la obra | g. salgado

El TSXG ha condenado al Concello de Cambados a pagar intereses de demora por no abonar en tiempo la reforma realizada en las pistas de tenis de O Pombal en 2018. El bipartito había presentado un recurso al respecto, pues no había contratación oficial de la obra, no obstante, ante la evidencia de que estaba hecha, sí aceptó la condena de un juzgado de lo contencioso de abonar los trabajos, que ascendieron a  35.258 euros.
 

La sentencia del alto tribunal no es firme, pero el Ayuntamiento no seguirá recurriendo pues “non queremos causar un prexuízo a quen fixo a obra, aínda que na miña opinión foi un proceso mal feito e é complicado facer ese pago”, explicó el alcalde, Samuel Lago.

 

Antecedentes

El proyecto fue ejecutado cuando el concejal de Pode, José Ramón Abal Varela, –hoy en la oposición– estaba en el gobierno y era titular de Obras. Cuando la factura llegó en 2019, sus sucesores no quisieron darle conformidad, pues no existía ningún trámite de contratación en el Concello, de hecho, se sospecha que fue algo verbal. Así las cosas, medió el silencio administrativo y la constructora acudió a la justicia, que acabó dándole la razón y ordenando el pago de los 35.000 euros. 
 

El bipartito aceptó la cantidad principal, pero al no haber proceso administrativo consideraba que el contrato “deviene nulo de pleno derecho”. De hecho, su defensa entendía que se trataba de un “supuesto de indemnización por enriquecimiento injusto por lo que no proceden los intereses moratorios”. 
 

Así, recurrió esa parte ante la sala de lo contencioso del TSXG, que lo ha desestimado por no ser la cuantía en litigio superior a los 30.000 euros, la cantidad necesaria para que un recurso tenga cabida en el ámbito contencioso-administrativo. También señalan los magistrados que el Ayuntamiento “no ha tratado ni de explicar ni de acreditar (siquiera indiciariamente) nada de este extremo” y por tanto “no queda otro remedio que inadmitir el recurso”. 
 

Lago lamentó que “nin sequera estudiara o fondo” y lo rechazara de este modo.

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