Ratifican cinco años de prisión para el octogenario de Vilanova que intentó matar a un vecino

Ratifican cinco años de prisión para el octogenario de Vilanova que intentó matar a un vecino
El condenado durante el juicio celebrado el pasado marzo en la Audiencia | mónica patxot/ pontevedra viva

El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha confirmado la condena de cinco años y medio de cárcel impuesta por la Audiencia de Pontevedra a un hombre por intentar matar a su vecino en diciembre de 2016 en Vilanova. Así ha resuelto el recurso interpuesto por J.R.B., de unos 80 años de edad, que alegaba vulneración del principio de presunción de inocencia y error en la valoración de la prueba, entre otras cuestiones, pero son todas desestimadas por los magistrados.


El condenado, según la sentencia de primera instancia, regresaba en coche a su domicilio cuando se encontró con la víctima, que estaba limpiando el camino frente a su casa, y con quien no mantenía buenas relaciones. Al verlo, salió del coche esgrimiendo un cuchillo de 13 centímetros y se dirigió hacia él. A continuación, según la resolución, se originó un forcejeo entre ambos, durante el cual el condenado, “con la intención de acabar con la vida” de la víctima, le clavó el cuchillo en el brazo izquierdo y en el abdomen.


“Perfectamente válida”

La Sala de lo Civil y Penal del TSXG subraya que el fallo de la Audiencia de Pontevedra se apoya “en prueba válida” y “perfectamente razonada”, por más que “pudieran existir otras posibilidades amparadas exclusivamente en el testimonio del acusado”. Además, recalca que es “incuestionable que no se ha vulnerado el principio de presunción de inocencia” y “sin que el mismo quede afectado por la existencia de versiones alternativas que, a juicio de la Sala, deben ser excluidas”, pues la asumida fue la “apoyada en la prueba correspondiente, más allá de toda duda razonable”. Cabe recordar que el vilanovés se defendió alegando cuestiones como que se había clavado el cuchillo solo.


Subrayan también fuentes judiciales que el tribunal de primera instancia destacó en la resolución que no albergaba “ninguna duda” de que la causa “principal directa y eficaz” de las lesiones del perjudicado fue la agresión con el cuchillo, así como de que las heridas se encontraban “en áreas anatómicas donde se localizan órganos vitales como es el hígado y que, sin el tratamiento quirúrgico inmediato aplicado, se podría haber producido la muerte, conforme ratificaron los médicos forenses y el especialista de cirugía digestiva en el acto del juicio oral”.


El juicio contra el octogenario se celebró el pasado mes de marzo en la Audiencia de Pontevedra y contó con las declaraciones de los implicados, así como el informe de la Guardia Civil, el cual recogía que J.R.B. manifestó durante el interrogatorio que “si tuviera una pistola, también la usaría”.


El agredido, por su parte, contó ante el tribunal que su vecino, al verlo en el camino, “se tiró” hacia él “como un loco” y habría irrumpido con su automóvil “a toda velocidad”, rompiendo un canalón. “Le dio para atrás al coche y salió con el cuchillo”, a lo que él respondió tratando de defenderse al poner en medio el escobón, sostuvo. Según este relato, el ahora acusado le gritaba “me denunciaste”, al tiempo que lo insultaba. Añadió que fue entonces cuando se habría abalanzado sobre él y que, pese a sus tentativas de defensa, el investigado le habría entonces clavado el cuchillo.


Heridas mortales

La médico forense del Imelga que testificó en la sesión afirmó que, de no haber recibido el tratamiento adecuado, estas lesiones hubiesen causado la muerte del paciente.

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