El último fallo por Celta Prix impone a Vilanova 260.500 euros y las costas

El último fallo por Celta Prix impone a Vilanova 260.500 euros y las costas
Contenedores de basura en la comarca, de una imagen de archivo | gonzalo salgado

El largo conflicto entre la anterior concesionaria de la basura en Vilanova, Celta Prix, y el Ayuntamiento sigue su curso en los juzgados. La Justicia acaba de hacer pública la última sentencia conocida en el caso, de nuevo contra los intereses del Concello arousano. La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Lugo tumba un recurso de apelación del Ayuntamiento y confirma íntegramente un fallo anterior, del Juzgado de Primera Instancia Número 2 de aquella ciudad. En la práctica, esto supone que el Ayuntamiento está obligado a abonar a la empresa contra la que litiga un total de 260.496,11 euros. La Audiencia impone además al Concello la obligación de hacer frente al pago de costas judiciales de la alzada. La decisión es susceptible de recurso de casación.


Las partes ya se habían enfrentado en la jurisdicción contenciosa-administrativa, en varios frentes, algunos de ellos parcialmente favorables al municipio, pero otros reafirmando obligaciones de pago en favor de la mercantil.


El pronunciamiento trascendido ahora, instruido en Lugo, se deriva de la situación concursal de la empresa.


La administración concursal de Celta Prix demandó al Ayuntamiento reclamando la improcedencia de una compensación por valor de esos 260.496,41 euros que pretendía el Concello, en el marco de las facturas en las que se discrepa en el conflicto. Ganó la empresa en el juzgado y Vilanova recurrió en alzada ante la Audiencia luguesa.


La administración municipal alegó una batería de argumentos jurídicos: Falta de respuesta a varios de sus postulados previos, extemporalidad de la demanda, cosa juzgada y exceso de jurisdicción, entre otros.

Todos ellos fueron tumbados por la Audiencia. Del primero de ellos, señala que si el Concello consideraba que se omitió alguna de sus tesis, debió solicitar la complementación de la sentencia original, ante el juzgado de instancia.


Tampoco considera la sala que tenga cabida en este recurso un supuesto conflicto de exceso de jurisdicción, señalando que, en su caso, debió interesarse una falta de competencia. Niega la extemporalidad de la demanda y también que se dé cosa juzgada, separando con claridad la cuestión contenciosa del incidente concursal que se sigue en este caso.


Pago a proveedores

El gobierno local vilanovés achaca justamente a la situación de litigio de facturas y obligaciones económicas pendientes con Celta Prix buena parte de los dilatados plazos del periodo medio de pago a proveedores que arrastra el Ayuntamiento. El máximo legal es de treinta días y Vilanova paga de media a más de un año.

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