La justicia confirma para Quezada la prisión permanente revisable

La justicia confirma para Quezada la prisión permanente revisable
10 septiembre 2019 página 35 / 08 diciembre 2019 página 61 ALMERÍA, 09/09/2019.- Ana Julia Quezada (c), autora confesa de la muerte de Gabriel Cruz, al comienzo de la vista hoy en la Audiencia de Almería, donde se enfrenta a l

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía confirmó ayer la pena de prisión permanente revisable para Ana Julia Quezada por el asesinato con alevosía en febrero de 2018 del niño Gabriel Cruz, aunque la ha absuelto de los delitos de lesiones psíquicas a los padres por los que fue condenada.

El alto tribunal, según informó ayer en un comunicado, desestimó tanto los recursos de la acusación particular como de la Fiscalía y estimó parcialmente el de la defensa, por lo que fue absuelta de esos dos delitos de lesiones psíquicas y  mantuvo los dos delitos contra la integridad moral impuestos por la Audiencia de Almería.

La Sala de lo Civil y Penal rechazó de esta forma la nulidad del juicio y su repetición como pidieron la defensa y la acusación particular, y consideró que no hubo parcialidad en las instrucciones de la magistrada presidente al jurado popular, que los magistrados del TSJA califican de “correctas, útiles y adecuadas”.

También rechazó el motivo de la acusación particular respecto a la falta de motivación para excluir el ensañamiento, e indicó que la motivación del jurado es “más que suficiente y no difiere de como habitualmente tribunales profesionales explican por qué han creído a un perito y no a otro cuando éstos se contradicen en aspectos puramente técnicos que el juez o el jurado ignoran”.

El TSJA tampoco estimó los recursos de la defensa sobre la necesidad de que el caso fuese juzgado por un tribunal profesional debido a la desmedida repercusión mediática.

La resolución explicó que la exposición a los medios, aunque introduzca un “indudable factor de complejidad”, no determina “en sí misma, objetiva y automáticamente, ni la inidoneidad de un Tribunal del Jurado como órgano decisorio, ni desde luego la nulidad del veredicto”.

Respecto a la calificación penal de los hechos, la defensa de la acusada consideró que la circunstancia de la edad de la víctima fue considerada tanto para apreciar la alevosía -que convierte el homicidio doloso en asesinato- como para la pena de prisión permanente revisable.

En cuanto a los delitos de lesiones psíquicas, el TSJA, dictaminó que “aunque pueda calificarse como lesión, no puede dar lugar a un reproche penal adicional”, sino a una mayor multa en concepto de responsabilidad civil.

La justicia confirma para Quezada la prisión permanente revisable

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