Los supervivientes de cáncer ya renuevan su carné de conducir como el resto de la población

Los supervivientes de cáncer ya renuevan su carné de conducir como el resto de la población
Un motorista muestra su documentación en un control de la DGT | Aec

El Boletín Oficial del Estado (BOE) publicó ayer la modificación del Reglamento General de Conductores por la que las personas que superasen un cáncer podrán renovar su permiso de conducir con la misma frecuencia que el resto de la población.


En el caso de trastornos oncohematológicos, las personas que tengan determinados permisos y superasen los tres primeros años con una remisión completa de la enfermedad, acreditada por informe del oncólogo o hematólogo competente, puedan renovar su documentación no por el plazo de tres o cinco años previsto ahora, sino por el que les correspondiera por razón de la edad, siempre y cuando trascurriesen diez años de remisión completa.


En otros procesos oncológicos, las personas podrán renovar los  permisos cuando no exista evidencia de su enfermedad y no estén en tratamiento adyuvante, previo informe favorable del especialista.


Para la obtención o renovación del permiso no deben existir procesos oncológicos que produzcan pérdida o disminución grave de las capacidades sensitivas, cognitivas o motoras que incidan en la conducción.

 

Discriminación infundada


Así, se da satisfacción a colectivos de personas que tuvieron una enfermedad oncológica, y solicitaron la modificación de la normativa por resultar “discriminatoria” y no estar fundamentada su incidencia negativa en la seguridad vial.


Hasta ahora, el anexo IV de dicho reglamento, establecía, sobre trastornos oncohematológicos, que en los casos de permisos o licencia de conducción del Grupo uno, superados los tres primeros años y hasta transcurridos diez en remisión completa acreditada por un informe del oncólogo o hematólogo, a criterio facultativo se pudiese obtener o prorrogar el permiso o licencia por un período máximo de tres años. A su vez, sobre otros procesos oncológicos no hematológicos determinaba que para los permisos o licencia del Grupo uno, en los casos sin evidencia de enfermedad actual y que no estuviesen recibiendo tratamiento adyuvante, el período de vigencia era como máximo de cinco años.


“Así pues, la regulación actual limita considerablemente los plazos para la prórroga del permiso o licencia de conducción a las personas que hayan sufrido una enfermedad oncológica, a pesar de haberse acreditado por un facultativo la remisión de la misma o no existir evidencia de la enfermedad y no estar en tratamiento adyuvante”, se recoge en el BOE.


Ello implica que, en la actualidad, para prorrogar la vigencia del permiso o la licencia de conducción, los pacientes oncológicos siguen siendo considerados como tales, incluso cuando superaron la fase más intensa del tratamiento y no tienen limitaciones ni secuelas físicas.


“Se produce, pues, una discriminación infundada respecto de aquellas personas que ya no tienen síntomas de la enfermedad y se han reincorporado plenamente a su vida laboral y ordinaria”, indica el BOE. Así, se busca equiparar a estas personas al resto de la ciudadanía, ya que “han superado la enfermedad y se encuentran en las mismas condiciones que la población en general”, expone el BOE. 

Los supervivientes de cáncer ya renuevan su carné de conducir como el resto de la población

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