Apela a la Declaración de los Derechos Humanos para evitar que le tiren una terraza ilegal en Vilagarcía

Apela a la Declaración de los Derechos Humanos para evitar que le tiren una terraza ilegal en Vilagarcía
La terraza se encuentra a la altura de la playa de A Compostela I GONZALO SALGADO

El hostelero propietario de una terraza ilegal en el Paseo Marítimo acaba de ver desestimado uno de los numerosos recursos que puso contra el procedimiento sancionador. En este caso, se trata de la propia orden de demolición de la estructura, dictada el 9 de julio por el alcalde, Alberto Varela.
 

En el recurso, presentado ante la sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia, el propio apelante comienza reconociendo que acude de nuevo a los juzgados solo para suspender el proceso. Es decir, como recoge la sentencia, que “solo pretendía la suspensión de la ejecución del acto administrativo recurrido”.
 

El hombre apela al “principio de proporcionalidad recogido en la Declaración de Derechos del Hombre, en la Declaración de Derechos Humanos y la caracterización del mismo por el profesor García de Enterría”.
 

Además argumenta, tal y como ya defendió en recursos anteriores, que la medida “supondría la pérdida de quince puestos de trabajo” y que tendría que “hacer frente a unos gastos innecesarios y que nadie le reintegraría”.

 

Un largo proceso  

Recuerda el TSXG que “como venimos repitiendo en varias ocasiones, el recurso de apelación ha de interponerse mediante un escrito razonado, que contenga una crítica razonada de la sentencia de instancia” y que su objetivo no debe ser “reabrir el debate sobre la adecuación jurídica del acto administrativo, sino revisar la sentencia que se pronunció sobre ello”.


En este caso, señala el TSXG, “resulta que la sentencia recurrida, en los antecedentes de hecho, hace una sistematización dle largo recorrido administrativo derivado de la ejecución ilegal de las obras de terraza, que el recurrente ahora considera desproporcionado retirar”.


De hecho, recuerdan que, ya en 2016, la Axencia de Protección da Legalidade Urbanística ordenó la reposición de la situación anterior, lo que comportaba su demolición. “El Ayuntamiento denegó en el mismo año la legalización y recurrida la orden de demolición el Juzgado de lo Contencioso desestimó el recurso en 2017”, lo que fue confirmado también por el TSXG en febrero de 2021, fecha en la que se desestimó, asimismo, la apelación contra la multa.


Todas las sentencias emitidas hasta ahora, que no fueron pocas, coinciden a la hora de señalar que la terraza, una estructura cerrada situada  a la altura de la playa de A Compostela, invade “la zona de servidumbre de protección del dominio público marítimo terrestre”. La APLU, de hecho, inició el expediente a raíz de una denuncia interpuesta desde el Concello, en mayo de 2014, y en base a un informe de la arquitecta  técnica municipal. Ravella daba entonces un plazo máximo de tres meses para solicitar la licencia de legalización. El hostelero lo hizo en enero de 2015, pero el caso ya había llegado a la APLU. Durante todo este largo procedimiento, la justicia echó por tierra todos los intentos de evitar la demolición de la terraza. Ahora, aún cabe recurso de casación

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