Bañarse en las playas del municipio con bandera roja supondrá arriesgarse a ser multado con hasta 1.500 euros. Así aparece recogido en la ordenanza de playas que se debatirá en el Pleno del lunes y que fue consensuada entre el bipartito conservador y el principal grupo de la oposición, el Partido Socialista.
Este comportamiento se considera una falta de carácter grave, al igual que lanzarse al mar “desde rocas, espigóns o embarcadoiros”, la práctica de deportes que entrañen riesgos, ensuciar el arenal, acampar o cocinar en la playa sin autorización. Estas conductas están penadas con sanciones de etnre 301 y 1.500 euros.
Más duras son las multas para aquellos que depositen en el mar o en los arenales materiales que “poidan producir contaminación e risco de accidentes” así como los que tengan un “impacto negativo sobre a fauna e flora litoral”; a los que naveguen en “embarcacións non autorizados na zona baño”; a los que coloquen carteles o vallas publicitarias en mobiliario urbano o natural o a los autores de actos vandálicos que causen peligro, que tendrán que abonar sanciones económicas de entre 1.500 y 3.000 euros.
Consideradas leves y multadas con cantidades que van desde los 60 hasta los 300 euros están conductas como lavar la ropa u otros elementos en el mar o en las fuentes; emitir sonidos molestos; jugar a la pelota o a las palas sin tener en cuenta el descanso de los demás usuarios o práctica de deportes como windsurf fuera de las zonas destinadas para tal fin.
A este respecto, la ordenanza no incluye en el régimen sancionador las competiciones deportivas que se puedan organizar en temporada de baño siempre y cuando cuenten con el preceptivo permiso.
presencia de perros
La polémica surgida por las restricciones a los perros y demás animales de compañía se salda con la acotación de la zona donde se realizaron las obras del regato de A Tripeira. Fuera de esta área queda prohíbida la presencia de animales entre el 1 de junio y el 30 de septiembre en horario de 11 de la mañana a nueve de la noche. En cualquier caso, incumplir esta orden está considerada como una infracción leve que según la ordenanza conlleva multas de entre 60 y 300 euros.