El Supremo revisará mañana la sentencia condenatoria para “O Chicle” por asesinar a Diana Quer

El Supremo revisará mañana la sentencia condenatoria para “O Chicle” por asesinar a Diana Quer
La abogada de Enrique Abuin, Fernanda Álvarez, presentó recurso ante el Supremo

La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo deliberará mañana a puerta cerrada el recurso presentado por la abogada defensora de l rianxeiro José Enrique Abuín Gey, “O Chiclé”, contra la sentencia condenatoria a prisión permanente revisable que le impuso por el asesinato en agosto de 2016 a la adolescente madrileña Diana Quer en A Pobra. El alto tribunal revisará la decisión adoptada el pasado mes de junio por el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) que, a su vez, había confirmado la sentencia de la sección compostelana de la Audiencia Provincial de A Coruña de diciembre pasado tras el fallo unánime del tribunal del jurado.

Fruto de dicha sentencia, “O Chiclé” fue condenado como autor de agresión sexual y asesinato de Diana Quer a la pena de prisión permanente revisable al estimarse que “no existe duda alguna” sobre la realidad de los hechos que fueron considerados probados durante el juicio que sentó al rianxeiro en el banquillo a finales de 2019, dos años después de que revelase el paradero del cuerpo de Diana Quer, que estaba sumergido en aljibe de una nave de Asados, que hay a unos 200 metros de la casa de su familia. Por su parte, la  letrada del condenado solicitó la nulidad del juicio por entender que el proceso “estuvo contaminado” por una “presunción de culpabilidad” contra él y que “no fue limpio”. Se trata de unas alegaciones que ahora repite ante el Tribunal Supremo, así como la falta de imparcialidad de los peritos participantes en la causa.

Los tres magistrados que suscriben la sentencia que será revisada a partir de mañana consideraban que “es posible presumir, hasta alcanzar una conclusión de certeza más allá de toda duda razonable” que el hecho de que Diana Quer fuese trasladada a un lugar “apartado y solitario”, sin indicios que apunten la posibilidad de que se debiese a la intención de cometer un robo o con otra motivación, y que la víctima acabase “desnuda” responda a la finalidad de que el condenado buscase “atentar contra su libertad sexual”. En este sentido, el móvil de naturaleza sexual en el crimen se sostiene, según los magistrados, “por la ausencia de cualquier otra motivación”, toda vez que fue descartada la tesis de que Diana Quer fue llevada “ya sin vida” a la nave donde se escondió su cuerpo.

El TSXG, que consideró que la sentencia estaba “perfectamente razonada”, sostuvo en su argumentación que “es incuestionable” que los hechos indiciarios “nada determinan” por separado, pero que su conjunto “los refuerza con efecto para considerar la realidad el hecho presunto, no la sospecha, sino la plena convicción de que las cosas fueron como los hechos declarados probados”. Todo ello se suma, para los jueces, a la ausencia de otras alternativas “sensatas, razonables, coherentes y sólidas”, lo que refuerza “el juicio lógico del tribunal”, precisó.

El Supremo revisará mañana la sentencia condenatoria para “O Chicle” por asesinar a Diana Quer

Te puede interesar