Enamorarse en las redes sociales no deja de tener sus riesgos, sobre todo porque siempre cabe la duda sobre si la persona que se esconde tras la pantalla de ordenador será la misma en un cara a cara. Sin embargo, la desconfianza no era desde luego un defecto de la víctima de un vilagarciano, que se hizo pasar por el propietario de 18 bateas y accionista de prósperos negocios hoteleros en Pontevedra.
Una empresario que en plena crisis económica lograba exportar unos diez mil kilos de mejillón a Italia. Ambos se conocieron en la red social Badoo y empezaron una relación que pronto traspasó la pantalla del ordenador.
Hasta que se rompió la relación, a finales de julio de 2011, la mujer se las vio y se las deseó para poder satisfacer las necesidades económicas de su pareja, ya que pronto el próspero negocio del mejillón empezó a hacer aguas. El dinero se lo pedía, a través de Messenger, el hijo de su pareja, que le aseguraba que su padre estaba muy deprimido porque tenía las cuentas bloqueadas y no podía pagar el gasóleo de los barcos, ni a sus emlpleados ni los pedidos de almeja de Carril.
La mujer llegó a pedirle dinero a su madre, a su hermano, a su antiguo jefe e incluso a Cofidis. Hasta 58.000 euros que entregó en mano a su novio, que poco después comenzó a desentenderse de la relación.
La desesperación en la que entró entonces la víctima se puede ver en los mensajes que intercambiaba con el “hijo” de su novio. “Me da la impresión de que pierdo todo, piso, bajo, etc, y por encima a tu padre...”, llegó a decirle. Poco después descubrió el pastel. No había mejillón, ni almeja, ni hoteles. Hijo sí había, pero apenas se llevaba con su padre ni había conectado con la mujer por las redes sociales. El hombre era camionero y convivía con otra mujer.
Por estos hechos, la Audiencia Provincial condenó al vilagarciano a tres años de prisión, a 2.400 euros de multa y a indemnizar a su expareja con 58.040 euros, la cantidad estafada. El hombre recurrió, alegando que no quedó probado que él mandase los mensajes pidiendo dinero (llegó a declarar que era la mujer la que accedía a sus cuentas y se mandaba mensajes a sí misma) y que no se tuvo en cuenta la declaración de la pareja con la que convivía, que señaló que el hombre contaba con 24.000 euros de una venta por esa fecha.
El Supremo desestima el recurso y ratifica la sentencia de la Audiencia.