RIVEIRA - Libertad para los 6 detenidos de Vidal Armadores por pesca ilegal tras pagar la fianza

RIVEIRA - Libertad para los 6 detenidos de Vidal Armadores por pesca ilegal tras pagar la fianza
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No hubo sorpresas. Después de pasar una noche en la cárcel madrileña de Soto del Real, el armador Antonio Vidal Suárez, sus hijos Manuel Antonio, Belén y Ángel Vidal Pego, y su yerno, Joaquín Pérez Mariño, así como el contable Francisco Rama Gago abonaron en la mañana de este jueves la fianza de 100.000 euros. Esa fue la cantidad de dinero que estableció para cada uno la magistrada juez del Juzgado Central de Instrucción Número 3 de la Audiencia Nacional, Carmen Lamela, para que pudieran eludir la prisión preventiva que dictó a última hora de la mañana del miércoles contra ellos por los delitos contra el medio ambiente, blanqueo, falsedad documental e integración en banda criminal. Después del pago de esa cantidad, se la titular de dicho juzgado dictó los correspondientes autos de puesta en libertad, de los que se dio traslado a la dirección del mencionado centro penitenciario de la capital de España para que a lo largo del día se realizasen los trámites para que puedan salir de nuevo a la calle.

De todos modos, tal y como ya se avanzó en los respectivos autos de ingreso en prisión preventiva eludible bajo fianza de 100.000 euros cada uno, al consignarse ese dinero, los investigados quedan sometidos a medidas cautelares tales como la prohibición de salir del territorio español, la entrega del pasaporte en el juzgado que instruye la causa, la presentación quincenal ante el juzgado de instrucción de su domicilio, la fijación de un teléfono y un domicilio donde poder ser localizado y la indicación de una persona para recibir notificaciones, citaciones o emplazamientos. Tales medidas se adoptan en este caso porque la juez estima que existe riesgo de fuga.

Pese a que Carmen Lamela reconoce que los investigados acreditan tener arraigo, domicilio fijo y familia en España, la naturaleza de los hechos y la gravedad de la condena -muy superior a los dos años de cárcel-, aconsejaba la prisión provisional y otras medidas de carácter subsidiario en caso de que abonen las fianzas, con el fin de asegurar su presencia en el juicio oral y el eventual cumplimiento de la pena que puede imponérseles. Subraya que el citado riesgo se acentúa por la facilidad que tienen los implicados, por sus recursos y medios, “de salir al extranjero y sustraerse así de la acción de la Justicia española”.

A ello, Carmen Lamela añade que existe una alta probabilidad de “reiteración delictiva”, así como de que puedan alterar elementos relevantes para la investigación de los delitos, así como de evitar las trabas e intervenciones del patrimonio ilícito de los implicados. De todos modos, determina que, en atención a las especiales circunstancias de arraigo familiar y social invocadas por la defensa de los investigados en su comparecencia judicial, “los intereses en conflicto deben ser ponderados y equilibrados mediante la fijación de una fianza como condición para decretar su libertad provisional en la causa”, que se cifró en la cantidad anteriormente citada.

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