El Supremo desestima el recurso del Concello de Sanxenxo por los 9,9 millones de la finca de As Cunchas

El Supremo desestima el recurso del Concello de Sanxenxo por los 9,9 millones de la finca de As Cunchas
El Concello y los propietarios llevan años pleiteando por la parcela y el vial que se encuentra próximos al Paseo de Silgar | D.A.

El Tribunal Supremo desestima los recursos de casación interpuestos por el Concello de Sanxenxo y la Xunta contra la sentencia sobre el pago de 9,9 millones a los Rocafort por la finca y el vial de As Cunchas.

El fallo hace así firme el dictamen anterior de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia en el que también se desestimaba el recurso del Concello y se estimaba parcialmente las reclamaciones de la familia Rocafort sobre el valor de la finca que se ubica en las proximidades del paseo de Silgar.


De este modo, se mantiene la resolución por la cual el Concello de Sanxenxo deberá pagar 9,9 millones de euros por la expropiación de esta parcela de 1.750 metros cuadrados más otros 728 del vial de la calle.

Así se confirma en la última sentencia en la que los magistrados consideran que “la expropiación lejos de reportar enriquecimiento injusto a los expropiados, les causa un notorio menoscabo patrimonial, al privárseles del derecho a la promoción urbanística de la propiedad expropiada”.


Asimismo, la sala rechaza tanto que los Rocafort hubiesen cedido gratuitamente la zona verde y viales, como que éstos hubiesen estado obligados a efectuar tales cesiones, como aducía el Concello de Sanxenxo.


Según se refleja en la documentación de 13 páginas, “el Ayuntamiento de Sanxenxo puede sostener lo que a su derecho le parece convenir, pero hay una verdad judicial, conforme a la cual la titularidad de la finca, a efectos de la expropiación, corresponde a los recurrentes expropiados, que tiene que ser respetada. Y esto es, precisamente, lo que ha hecho el Jurado de Expropiación Forzosa de Galicia, ante lo cual la objeción del Ayuntamiento no es susceptible de consideración por esta Sala”


Cuestionan el valor del suelo

Además, la Sala cuestiona ampliamente al respecto la valoración efectuada por el Arquitecto municipal que atribuye al suelo urbano no consolidado un valor superior al suelo urbano consolidado. En relación con el criterio de valoración aplicable, razona la Sala en los siguientes términos: “Ciertamente el suelo a expropiar, por su afectación a dotaciones públicas, en efecto no podría patrimonializar aprovechamiento urbanístico, ni poder obtener la condición de solar edificable, por lo que en la tasación no se le puede descontar superficie de cesiones, ni gastos de urbanización.


A tal efecto ha de entenderse, en contra de lo sostenido por el Concello, explican los magistrados, “que la afectación al destino dotacional público viene impuesta por la correspondiente determinación del plan urbanístico, que sujeta y limita la superficie a dicho destino e impide cualquier aprovechamiento de su propietario para otros usos y concretamente el urbanístico que se trata de determinar”.


“Sacrificio patrimonial”

En conclusión, señalan que “teniendo en cuenta las circunstancias concurrentes, se reconozca por la ordenación urbanística como susceptible de patrimonialización o que efectivamente se ha patrimonializado, que es el que representa el sacrificio patrimonial equivalente para el propietario del terreno expropiado, que no tiene atribuido un aprovechamiento urbanístico y que no puede verse obligado a soportar un sacrificio superior”.


Así pues, el fallo del Tribunal Supremo y contra el que no cabe recurso, pone en un brete a las arcas municipales que tendrán que asumir el pago de cerca de 10 millones de euros a la familia Rocafort por As Cunchas.

El Supremo desestima el recurso del Concello de Sanxenxo por los 9,9 millones de la finca de As Cunchas

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