El grovense José Alfredo Bea García, presidente de la Federación Gallega de Piragüismo, y conocido como Fredi Bea, presentó ante el Tribunal Administrativo del Deporte un escrito en el que impugna la proclamación de Javier Hernanz Agüería como presidente de la Real Federación Española de Piragüismo. En él, Bea explica detalladamente y con claridad los motivos.
Para empezar, la proclamación del nuevo presidente de la RFEP se produjo el día 25/01/2025, momento en el que se celebró la sesión constituyente de la asamblea general de la RFEP, a pesar de que, según el calendario electoral, la proclamación provisional debería tener lugar el 28/01/2025. "El adelanto en la publicación es una nueva irregularidad de la Junta Electoral que cercena el derecho de los afectados ya que crea enorme inseguridad jurídica", señala el presidente de la Federación Gallega.
Por otro lado, la documentación aportada por Javier Hernanz presenta graves irregularidades, tal y cómo señala el grovense. "Como es sabido, solicité a la Junta Electoral la publicación de la documentación de presentación de candidatura con los avales aportados. La Junta Electoral me negó esa posibilidad y hube de recurrir al TAD. La resolución del TAD, en una pirueta mental difícil de excusar, reconoce que tengo razón, que la Junta Electoral debe darme acceso a los avales", recalca.
Así, el pasado lunes 27 de enero, Fredi Bea se personó ante la Junta Electoral a la espera de que le entregasen la documentación, pero no se le permitió hacer una copia de la misma ni tampoco tomar fotografías, algo que Bea define como "otro ejercicio de la Junta Electoral de dificultar todo lo posible el ejercicio de mis derechos".
Del examen de la documentación resulta que los 64 avales aportados por Hernanz fueron firmados y enviados cuando él no era candidato si no Presidente de la Comisión Gestora, concretamente, uno fue firmado el 2 de enero y los demás el 7. Cabe destacar que Hernanz dimitió como Presidente de la Gestora el 08/01/2025 a las 15:18 horas, y presentó su candidatura ese día a las 18:31 horas.
La primera consecuencia de estos datos es que, por un lado, esos avalistas no estaban apoyando a un candidato a presidente de la Federación Española, si no a un Presidente de la Comisión Gestora. "Su empeño en no dimitir y seguir ejerciendo y cobrando como Presidente hasta el último momento le llevó a incurrir en una clara ilegalidad que debe invalidar su candidatura", recalca Bea. De este modo, en el escrito de impugnación, el grovense cita la resolución de 13 de agosto de 2024 dictada en el expediente 391/2024, correspondiente a la resolución del TAD en un caso idéntico referido a la Real Federación Española de Tenis de Mesa.
Siguiendo el criterio del TAD, la ilegalidad en que se incurrió debe conducir sólo a anular la candidatura, y consecuente elección, de Don Javier Hernanz Agüería, resultando un solo candidato que debe ser proclamado presidente sin votación.
"Por si quedaba alguna duda acerca de la vulneración del artículo 12.4 de la Orden EFD/42/2024 las fechas de los avales y la candidatura confirman que el Sr. Hernanz se dedicó a hacer campaña electoral sin dimitir como miembro de la Comisión Gestora. Hasta el ultimísimo momento se mantuvo al frente de la RFEP disponiendo a su antojo de los medios que le brinda el puesto de presidente. No es que realizase algún acto aislado, sino que, siendo Presidente, recabó 64 cartas de presentación para su futura candidatura", denuncia Bea.
Asimismo, también destaca que este último motivo mencionado motivó que el TAD acordase la destitución del presidente de la Real Federación Española de Fútbol precisamente por realizar actos de campaña electoral mientras era presidente de la Comisión Gestora, como se muestra en la Resolución de 22/12/2017 dictada en el exp. 209/2017.
Por si todo esto fuera poco, también se vulneró el artículo 17 de la Orden EFD/42/2024 y 42 del Reglamento Electoral. Cabe resaltar que el presidente de la FGP presentó ya una impugnación que debería haberse resuelto el 17 de enero, pero en cambio, no obtuvo respuesta hasta un día antes de la proclamación del nuevo presidente, sin ninguna explicación por la vulneración de los plazos mostrados en la ley.
Por ello, Fredi Bea solicita al Tribunal Administrativo del Deporte "que anule los resultados de la elección de la persona que debe desempeñar la presidencia de la RFEP y ordene retrotraer el proceso electoral al momento de publicación definitiva de las candidaturas, anulando la de Don Javier Hernanz Agüería y continuando el proceso electoral respetando los plazos marcados en el calendario electoral".