La Sección Quinta de la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife desestima el recurso de apelación interpuesto por un hombre contra una sentencia de violencia doméstica y de género hacia su pareja, originaria de O Grove y con la que mantenía una relación desde el 2011. Los hechos tuvieron lugar en febrero de 2020, tras un conflicto entre la pareja cuando bajaron a ver el Carnaval de Santa Cruz de Tenerife, su lugar de residencia por aquel entonces.
Al regresar al domicilio, ambos se fueron a dormir por separado y al día siguiente, tras una prologada discusión, la mujer manifestó al hombre en múltiples ocasiones que se marcharía de la casa, mientras recopilaba ropa con intención de irse a la calle.
Pese a que en un primer momento el varón trató de resolver el conflicto verbalmente, al presenciar la predisposición de su pareja por irse, acabó por agarrarla violentamente por uno de sus brazos y, tras conseguir zafarse ella, la agarró fuertemente del cuello, produciéndose un violento forcejeo que derivó con la mujer lanzada con fuerza sobre un colchón.
Durante el tormentoso episodio, el hombre pisó sin querer el móvil de su pareja, a lo que esta reaccióno pisando deliberadamente el libro electrónico de él. El conflicto cesó en el momento en que la chica pidió auxilio a sus vecinos, quienes acudieron rápidamente al domicilio en su ayuda y, acto seguido, contactaron con la policía.
Como consecuencia del violento forcejeo, la mujer sufrió contracturas por toda la zona de la espalda y cuello, y el hombre fue detenido por el Cuerpo de la Policía Nacional pocos días después tras la interposición de la denuncia.
Finalmente, el varón fue condenado a nueve meses de prisión y a no acercarse a menos de 500 metros o intentar comunicarse con su pareja durante 21 meses, por un delito de maltrato en el ámbito de la violencia de género.
Contra dicha sentencia es contra la cual el varón presentó recurso de apelación, argumentando que la grabación de la vista oral entregada por el Juzgado de lo Penal no se escuchaba bien, por lo que no era un recurso útil para la sentencia. También, que el propio documento judicial no expresaba de manera clara cuáles eran los hechos probados y que su pareja habría presentado su denuncia por venganza y no por un caso de violencia.
Sin embargo, la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife anuló el recurso, confirmando la anterior sentencia, contra la cual aún cabe presentar recurso de casación.